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03 de septiembre de 2007

No a las “cárceles VIP” para quienes
cometieron crímenes de lesa humanidad

(Carta abierta al senador UDI Jorge Arancibia, ex comandante en jefe de la Armada)

Estimado Senador Arancibia:

He leído con mucho interés sus declaraciones relativas al doble estándar de la Justicia y el Gobierno de Chile (Gendarmería y Gobierno Interior) respecto a los miembros de las FF.AA. que cometieron crímenes de lesa humanidad y que tienen la calidad de reos rematados. En efecto, es una vergüenza nacional que tales sujetos disfruten en el Penal Cordillera de los privilegios reiteradamente denunciados por Amnistía Internacional y otros organismos de Derechos Humanos, privilegios que no tiene el resto de la población carcelaria chilena.

Como Ud. muy bien señala -aunque por otros motivos que no resisten análisis-, el doble estándar es evidente. Por tanto, me permito sugerirle muy respetuosamente a Ud. y demás parlamentarios a los cuales incluyo copia de este mensaje, la intervención de sus buenos oficios para que los Tribunales y el Gobierno de Chile terminen de una vez por todas con esta forma de injusticia que violenta la recta conciencia nacional.

Desde luego, no pretendo sugerir que los criminales de marras sean hacinados con el resto de la población carcelaria pues su integridad física sería expuesta a graves riesgos, como la sodomía no voluntaria y el asesinato. Como bien sabemos, la población penal tiene sus propias formas de “hacer justicia” internamente. Sin embargo, existen opciones perfectamente viables, como la CAS, por ejemplo, con un adecuado régimen horario de aislamiento y protección. Al respecto me permito recordarle que el ex Senador Jorge Lavandero, ex colega suyo en la Cámara Alta, cumple su condena en una Cárcel de Alta Seguridad.

Los criminales actualmente en el Penal Cordillera no tienen porque ser excepción. Si el ex Senador Lavandero, un político de envergadura nacional que dejó al país un legado legislativo incuestionable, puede cumplir socráticamente con la ley de la polis, los criminales actualmente en el Penal Cordillera, también pueden y deben hacerlo.

Por último, en su calidad de ex miembro de las FF.AA. de Chile, me permito sugerirle la intervención de sus buenos oficios ante los Altos Mandos de la Armada, Ejército y Carabineros para que todos los criminales que pertenecieron a tales instituciones permanentes del Estado de Chile, sean debidamente degradados según manda el Código de Justicia Militar. Al respecto, le incluyo más abajo una interesante Declaración Pública Internacional difundida por la Organización de Militares Democráticos de Chile.

Saluda cordialmente al señor Senador,

Germán F. Westphal
RUN 4.645.308-5

¿Cuándo empezarán a ser degradados?

Declaración Pública Internacional

Habiendo transcurrido 17 años desde el advenimiento de la democracia en Chile, estando procesados y sentenciados por violaciones sistemáticas de los DDHH y torturas, cientos de militares, la opinión pública se pregunta para qué existe y existió en el Código de Justicia Militar , por ejemplo, los siguientes artículos:

Art.178.-del Título III “De las acciones civiles que nacen del delito”: Las acciones civiles para obtener la mera restitución de alguna cosa que hubiere sido objeto de un delito, se deducirán ante el juez que conociere o hubiere conocido la causa en primera instancia y se tramitará conforme a la reglas del Código de Procedimiento Civil para los incidentes, en expediente o cuaderno especial. Los recursos que en éste se deduzcan no entorpecerán la marcha de la causa principal, ni viceversa.

Por tanto los militares son civilmente responsables de sus crímenes, desde antes del golpe militar de septiembre de 1973.

Art.179.-La regla del artículo anterior se aplicará también cuando, desaparecida o perdida la cosa, se reclamare su valor.

Art.-203.-Tribunales de Honor. Si algún oficial, de cualquiera jerarquía que sea, cometiere un acto deshonroso para sí o para la unidad, cuerpo o repartición en que sirva, podrá ser sometido a un Tribunal de Honor para que juzgue si puede continuar en el servicio.

¿Alguna vez, sólo alguna vez se aplicó durante la dictadura a un oficial o sólo a la tropa? Este es un artículo clasista.

Art.-216.- ...Son penas militares aplicables en conformidad al presente Código:

Muerte; Presidio militar perpetuo; Reclusión militar perpetua; Presidio militar temporal; Reclusión militar temporal; Arresto militar; Destitución; Expulsión; Separación del servicio; Destino a una compañía disciplinaria; suspensión del empleo militar y Pérdidas del derecho a premios .

Fuera del escalafón de complemento y la lista “cuatro” por ineptitud, no hay otra sanción para los oficiales, incluso en crímenes, las detenciones son meramente nominales. Sin embargo para los suboficiales, está toda la gama disponible y cárceles comunes. Art.-217.-Son penas militares accesorias: La Degradación, Destitución, Separación del servicio, Suspensión del empleo militar…

Pero estas siempre se refieren y aplican sólo a los suboficiales.

Históricamente nunca se ha aplicado a oficiales, salvo los exonerados políticos. La degradación NUNCA se ha aplicado en Chile por delitos militares.

Hoy hemos visto como fue “engrillado” el cobarde, fugado de la justicia y criminal ex general de ejército Iturriaga Neumann ¿Cuándo empezarán a ser degradados?

Algunos generales (R) del Ejército y la mal entendida “familia militar” seguramente es la protectora. Luis Danús, Hernán Núñez Manríquez, entre otros, parecen no entender que fueron los Tribunales que condenaron a la dirección de la DINA y la CNI, por reiterados crímenes de lesa humanidad, algunos políticos enfermos y vendidos aun culpan al gobierno de la injusta situación que éstos viven. En países más civilizados los habrían degradado públicamente y en los otros, en que funciona la Shariat , ley musulmana del “diente por diente”, simplemente los habrían fusilado y torturado, que es lo que ellos hicieron, “ojo por ojo”.

Con ésta actitud desconocen, seguramente por prepotencia la potestad de los Tribunales, la existencia del estado de derecho y el daño que estos mismos criminales causaron al resto de los miembros de las FFAA y Carabineros, sobre todo a la tropa, la gran mayoría gente honesta, decente y trabajadora, que fue abandonada a su suerte por sus supuestas autoridades que se enriquecieron ilegítimamente.

La actitud insolente, de estos generales, más que añorar tiempos de poder absoluto, es apología a la sedición, incentivo a la formación de bandas terroristas y, sólo representa a una ínfima cantidad de ex “chupópteros uniformados y civiles” de la dictadura, en ningún caso a los Militares Democráticos de Chile.

Teniendo en cuenta que todas las penas anteriores, si solo si, se le aplicaron a los exonerados políticos de las FFAA y de Orden, tanto a oficiales como a suboficiales, todos sin derecho alguno a una legítima defensa y con sumarios plagados de infamias y burdas intrigas, cabe preguntarse:

¿Cuándo empezarán a aplicársele estas penas a los criminales, torturadores, asesinos, ladrones, violadores y corruptos que pululan en altos cargos de nuestras FFAA y de orden todavía?

¿Cuándo empezarán a responder civilmente, previo embargo preventivo de sus bienes?

¿Cuándo se va a reformar la ley de previsión al respecto?

¿Cuándo se corregirán y compensarán civilmente los delitos y errores cometidos por oficiales superiores y tribunales ilegítimamente constituidos, en contra de ex funcionarios de la FFAA y de orden, víctimas de sus derechos constitucionales y reglamentarios?

¿Cuándo reformaremos el Código de Justicia Militar? ¿Ah?

Hay cientos de preguntas al respecto, que por razones de espacio no incluimos, en la seguridad de que son éstas las más sustanciales.

Agradecemos a Uds. publicar nuestras inquietudes, que seguro representan al mundo democrático chileno.

Atentamente,

Mario A. de la Fuente Fernández
Teniente (R) de Carabineros
Preso, torturado y exonerado político
Presidente Organización de Militares Democráticos de Chile
militaresdemocraticosde@chile.com

Blog de Hortensia Bussi

Hola Amigas y Amigos:

Hoy he creado un blog en honor a mi abuela.

No necesito hablar mucho de Hortensia Bussi de Allende, ustedes la conocen.

Y eso es justamente lo que busco a través de este blog, que me hagan llegar experiencias, vivencias, recuerdos con Tencha; impresiones y reflexiones que su larga trayectoria de vida, de trabajo político, de Primera Dama, les ha generado.

También si desean enviarle algún mensaje, me comprometo a compartirlo con ella.

Ojalá que me ayuden a que entre todos conozcamos aún más a una mujer que es parte de la historia de Chile e internacional.

Espero que difundan la dirección del blog, finalmente el objetivo es compartir: www.tenchadeallende.wordpress.com

Saludos

Gonzalo Meza Allende
tenchadeallende@gmail.com

Sueldo mínimo y sueldo ético

El sueldo mínimo a partir del 1º de julio es de 144 mil pesos. El kilo de pan subió a mil pesos, 144 mil dividido por 30 días es igual a 4 mil 800 pesos. O sea, el actual salario mínimo es de 4 mil 800 al día.

Si 4 mil 800 pesos dividido por 1.000 es igual a 4,8.Es decir el actual salario mínimo tiene una capacidad adquisitiva de 4,8 kilos de pan al día.

Se ha hablado de un sueldo “ético” de 280 mil pesos. Dividido por 30 equivale a 9 mil 333 pesos al día. O sea tendría la capacidad adquisitiva de 9,3 kilos de pan al día.

¿Sabe usted cuánto era el valor adquisitivo del sueldo mínimo durante el Gobierno de Salvador Allende? ¡Era de 27,3 kilos de pan al día!

Iván Ljubetic Vargas

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