Ministro de fuero Víctor Montigilio. |
Por Roberto Portilla
Periodista y miembro del Consejo Editorial de Crónica Digital
De: Política Cono Sur
La decisión del Ministro de Fuero, Víctor Montiglio, de aplicar la Ley de Amnistía por el caso Caravana de la Muerte, en el episodio de Arica, deja de manifiesto la actual estrategia de los Tribunales de Justicia en Chile: cerrar los casos de derechos humanos lo más rápidamente posible y aplicar el Decreto Ley 2.191 de 1978.
Para los familiares de los ejecutados y de los detenidos desaparecidos este no es un criterio jurídico desconocido; es más, es el mismo que fue aplicado por el Poder Judicial en los tiempos de la Dictadura Militar con el objetivo de instalar la impunidad y la negación de justicia durante todos estos años.
Con este fallo los Tribunales de Justicia se niegan a sí mismo y, el Ministro Víctor Montiglio da por olvidado el fundamento de su investidura al tomar una decisión que se aleja de la esencia del derecho, sea este internacional o nacional, que es establecer la verdad, castigar a los responsables y permitir la reparación del daño causado a la víctima y a sus familiares.
Ya el pasado 21 de marzo de 2006, el Ministro Montiglio dijo a varios matutinos que “hay que aceptar los hechos como objetivamente son... Partimos de la base que están los certificados de defunción (de las víctimas), los testimonios, confesiones por lo que yo creo que es casi imposible decir que están secuestrados”.
¿Acaso la calificación del homicidio en Chile se sostiene por sentido común de un juez dejando de lado el estricto estatuto probatorio que la norma jurídica nacional establece?
Es más: la resolución del Ministro de Fuero no garantiza los derechos constitucionales de los directamente afectados, ya que por una parte fundamenta la recalificación del secuestro a homicidio sobre la base de presunciones dado que el magistrado, hasta ahora, no logra dar con el paradero de los cuerpos de las víctimas y, por otra, transgrede las normas del derecho internacional al aplicar el decreto ley de amnistía por sobre su inaplicabilidad por tratarse de crímenes de lesa humanidad.
En este aspecto, el abogado Hugo Gutiérrez precisó la opinión que tienen los abogados de derechos humanos respecto del actuar del juez Montiglio al afirmar que “sin duda estamos en presencia de una sentencia que todos esperábamos que ocurriera. Él es partidario de aplicar la amnistía, y así lo ha demostrado...”
Para el mundo de los derechos humanos, lo preocupante es que este ministro de fuero tiene a su cargo los otros episodios de la Caravana de la Muerte, además de la Operación Columbo y calle Conferencia. ¿Aplicará el mismo criterio?
Duda razonable para ver si en el futuro en estos casos habrá justicia.
Por otro lado, la resolución del ministro Montiglio echa por la borda lo expresado en Brasil por la Presidenta Michelle Bachelet al señalar que en Chile no habrá impunidad.
Con lo obrado por el juez, se demuestra que los Tribunales no dan el ancho que la democracia chilena espera de ellos.
Para los familiares de las víctimas la verdad, la justicia y el castigo a los culpables seguirán siendo la principal bandera de lucha y, para la democracia, uno de sus pilares fundamentales.
Han pasado 33 años de estos alevosos crímenes de la Caravana de la Muerte y el fallo del ministro de fuero se puede resumir en tres conceptos: no hay justicia (los responsables están en libertad); no hay verdad (no existe el cuerpo de la víctima); no hay reparación (ya que niega la responsabilidad individual y del Estado al desechar la demanda en contra del fisco.
La consecuencia de este fallo no es más que un nuevo episodio del desamparo democrático en el cual se encuentra el pueblo chileno, sus instituciones y, sin duda, es un retroceso grave en el camino de la reconciliación, de la verdad, de la justicia y de la memoria de nuestro país.
Por: El Mostrador.cl
Indignación provocó en el mundo de la izquierda política y los derechos humanos la decisión del juez Víctor Montiglio de aplicar la figura de la amnistía en el episodio Arica del caso Caravana de la Muerte, absolviendo de esta forma a cuatro ex uniformados implicados en la muerte de cuatro militantes socialistas el 20 de octubre de 1973.
Entre los beneficiados se encuentran el general (r) Sergio Arellano Stark y el ex director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Odlanier Mena, más dos suboficiales.
Después del golpe militar, Stark encabezó la comitiva militar que recorrió el norte y sur, la cual se encargó de ejecutar a los opositores del nuevo régimen, historia que quedó plasmada en un célebre y pirateado libro de la periodista Patricia Verdugo: "Los zarpazos del Puma".
Pese a los antecedentes, el juez consideró que el ex oficial no tenía participación en los hechos, ya que éste habría arribado dos días después de las ejecuciones a la ciudad.
“La Presidenta de la República ha dado señales claras que en Chile no habrá impunidad, pero en estos casos tiene que haber justicia de acuerdo a los tratados internacionales que señalan que estos son crímenes imprescriptibles e inamnistiables”, dijo a El Mostrador.cl el presidente del Partido Comunista, Guillermo Teillier.
“Entonces nos parece que en torno a la ley de amnistía debiera haber un planteamiento más claro del Ejecutivo”, aseguró el dirigente.
Los comunistas no olvidan los compromisos de la Mandataria en esta materia y tienen muy presentes el discurso que pronunció al inaugurar, a fines de marzo, el memorial en honor a los tres profesionales degollados bajo la dictadura militar.
"Sabemos que los tribunales van a continuar estableciendo la verdad y la justicia sin excepciones porque la dignidad de Chile así lo exige. La memoria de miles no admite ningún punto final", dijo Michelle Bachelet en la oportunidad.
Por su parte, la presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP), Patricia Silva, señaló que en su corganización están “indignados” y “desesperanzados” por la resolución del magistrado. Esto, porque a su juicio existían los antecedentes suficientes para condenar a los implicados.
“Estaba absolutamente acreditado en el proceso la responsabilidad que ellos tuvieron en la Caravana de la Muerte y sentimos una profunda vergüenza. Además, este fallo ratifica lo que nosotros hemos dicho siempre, que en Chile no existe la voluntad política para de verdad hacer justicia”, afirmó.
“Se ha mostrado a Chile como un país preocupado por el tema de los derechos humanos, preocupado por avanzar en verdad, justicia, sin embargo, siempre hemos sido cautos como agrupación porque lo que hemos tenido, de un tiempo a esta parte, son muchos procesados, pero no hay condenas que nos puedan hacer creer en que es posible hacer justicia”, agregó.
Con todo, Silva reconoce que la decisión no los tomó por sorpresa ya que hace algunas semanas el magistrado recalificó todos los procesamientos del caso –de secuestro calificado a homicidio calificado-, lo que dejaba abierta la posibilidad de la aplicación de la amnistía o la prescripción.
“Esto era la crónica de una muerte anunciada. Nosotros sabíamos que cuando cambió la tipificación del delito venía la amnistía, pero lo que nos sorprende es que haya absuelto a Arellano Stark”, dijo.
En su fallo, el juez afirma que con posterioridad al golpe de Estado no “se registró un “conflicto armado”, por lo que no correspondía, a su juicio, aplicar en este caso el “Convenio de Ginebra sobre Crímenes de Guerra”, así como otros tratados internacionales que no permiten que los delitos de lesa humanidad prescriban o sean amnistiables.
Al respecto, el diputado socialista y abogado de derechos humanos Juan Bustos calificó la decisión como un “grave error jurídico. Porque ciertamente en nuestro país están vigentes los convenios de Ginebra que fueron ratificados por Chile en el año 1950. Por lo tanto, conforme a ese tratado internacional no hay prescripción ni amnistía respecto de los crímenes de lesa humanidad", señaló.
Por su parte, Hugo Gutiérrez, uno de los abogados litigantes en el emblemático caso, coincidió con la posición de Bustos y dijo que próximamente apelarán ante la Corte Suprema por el controvertido fallo del magistrado.
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